Derechos del paciente

Posted on
Autor: Clyde Lopez
Fecha De Creación: 22 Agosto 2021
Fecha De Actualización: 2 Mayo 2024
Anonim
Derechos de los pacientes
Video: Derechos de los pacientes

Contenido

¿Cuáles son los derechos de un paciente cuando recibe atención?

Si no está satisfecho con la atención médica domiciliaria o de cuidados paliativos que está recibiendo, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Notifique al administrador o supervisor principal del proveedor de atención domiciliaria.

  2. Notifique al departamento de salud estatal o al representante de Medicare.

  3. Notifique al Better Business Bureau.

Derechos de los pacientes de atención domiciliaria

Además, la ley federal requiere que todas las personas que reciben servicios de atención domiciliaria sean informadas de sus derechos como pacientes. Según la Asociación Nacional de Cuidados en el Hogar y Hospicio (NAHC), los pacientes de atención médica domiciliaria tienen derecho a:

  • Estar completamente informado de todos sus derechos y responsabilidades por la agencia de atención domiciliaria.

  • Elija proveedores de atención.

  • Recibir atención adecuada y profesional de acuerdo con las órdenes del proveedor de atención médica.

  • Reciba una respuesta oportuna de la agencia a una solicitud de servicio.


  • Ser admitido para el servicio solo si la agencia tiene la capacidad de brindar atención segura y profesional al nivel de intensidad necesario.

  • Recibir una continuidad de atención razonable.

  • Recibir la información necesaria para dar su consentimiento informado antes del inicio de cualquier tratamiento o procedimiento.

  • Ser informado de cualquier cambio en el plan de atención antes de realizar el cambio.

  • Rechazar el tratamiento dentro de los límites de la ley y ser informado de las consecuencias de sus actos.

  • Ser informado de sus derechos bajo la ley estatal para formular directivas anticipadas.

  • Haga que los proveedores de atención médica cumplan con las directivas anticipadas de acuerdo con los requisitos de la ley estatal.

  • Ser informado dentro de un período de tiempo razonable de la terminación anticipada del servicio o de los planes de transferencia a otra agencia.

  • Estar completamente informado de las políticas de la agencia y los cargos por servicios, incluida la elegibilidad para reembolsos de terceros.


  • Ser referido a otro lugar, si se le niega el servicio únicamente por su incapacidad para pagar.

  • Expresar sus quejas y sugerir cambios en el servicio o en el personal sin temor a ser restringidos o discriminados.

  • Recibir una audiencia imparcial para cualquier individuo a quien se le haya negado, reducido o cancelado algún servicio, o que se sienta agraviado por la acción de la agencia. Cada agencia establecerá el procedimiento de audiencia imparcial según corresponda a la situación particular del paciente (por ejemplo, fuente de financiación, nivel de atención, diagnóstico).

  • Esté informado de qué hacer en caso de emergencia.

  • Tenga en cuenta el número de teléfono y el horario de atención de la línea directa de atención médica domiciliaria del estado. Esta línea directa recibe preguntas y quejas sobre agencias de atención domiciliaria certificadas por Medicare y autorizadas por el estado.

Derechos de los pacientes de cuidados paliativos

Según la afiliada de NAHC, Hospice Association of America, los pacientes de hospicio tienen derecho a:

  • Reciba una atención de la más alta calidad.


  • Tener relaciones con organizaciones de cuidados paliativos basadas en estándares éticos de conducta, honestidad, dignidad y respeto.

  • En general, ser admitido por una organización de cuidados paliativos solo si se garantiza que se proporcionarán todos los servicios necesarios para promover el bienestar físico, psicológico, social y espiritual del paciente moribundo. Sin embargo, una organización con menos recursos que los mejores puede admitir al paciente si no hay disponible una organización de cuidados paliativos más adecuada. Esto puede suceder solo después de informar completamente al cliente de sus limitaciones y la falta de arreglos alternativos adecuados.

  • Ser notificado por escrito de sus derechos y obligaciones antes de que comience el cuidado de hospicio. De acuerdo con las leyes estatales, la familia o el tutor del paciente pueden ejercer los derechos del paciente cuando el paciente no puede hacerlo. Las organizaciones de hospicio tienen la obligación de proteger y promover los derechos de sus pacientes.

  • Recibir una notificación por escrito sobre la atención que brindará la organización de cuidados paliativos, los tipos de cuidadores que brindarán la atención y la frecuencia con la que se brindarán los servicios.

  • Ser informado de cualquier cambio en el plan de atención antes de realizar el cambio.

  • Participar en la planificación de la atención y en la planificación de cambios en la atención. Además, que se les informe que tienen derecho a hacerlo.

  • Rechazar los servicios y ser informado de las consecuencias de rechazar la atención.

  • Solicitar un cambio de cuidador sin temor a represalias o discriminación.

  • Mantener la confidencialidad con respecto a la información sobre su salud, circunstancias sociales y económicas, y sobre lo que ocurre en el hogar.

  • Espere que la organización de cuidados paliativos divulgue información solo de conformidad con su política interna, requerida por la ley o autorizada por el cliente.

  • Ser informado de hasta qué punto se puede esperar el pago de Medicare, Medicaid o cualquier otro pagador conocido por la organización de cuidados paliativos.

  • Ser informado de los cargos que Medicare no cubrirá y de los cargos por los que él o ella pueden ser responsables. Esta información debe recibirse oralmente y por escrito dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha en que la organización de cuidados paliativos tenga conocimiento de cualquier cambio en los cargos.

  • Tener acceso, previa solicitud, a todas las facturas de servicios que el paciente ha recibido, independientemente de si las paga de su bolsillo o de otra parte.

  • Recibir información sobre el estado de propiedad del hospicio y su afiliación con cualquier entidad a la que se refiera al paciente.

  • Ser informados del procedimiento que pueden seguir para presentar quejas ante la organización del hospicio sobre la atención actual o la falta de atención, y sobre la falta de respeto a la propiedad.

  • Conozca la disposición de tales quejas.

  • Expresar sus quejas sin temor a la discriminación o represalias por haberlo hecho.

  • Recibir información sobre qué hacer en caso de emergencia.